viernes, 24 de mayo de 2013

UNIVERSIDAD SANTA MARIA INICIACION UNIVERSITARIA E HISTORIA


AUTORIDADES UNIVERSITARIAS
autoridades La Universidad Santa María es una institución privada de educación superior, creada según Decreto del Ejecutivo Nacional del 13 de octubre de 1953, publicado en la Gaceta Oficial N° 177.754. Esta Casa de Estudios cumple una eminente función pública y está al servicio del desarrollo científico, social y humanístico de Venezuela. Su labor primordial es la formación integral del hombre y su preparación en una actividad específica, que lo capacite para actuar integrado a la comunidad, por una parte y por la otra, afianzar en el profesional usemista un elevado espíritu de solidaridad social.
Presidente Sociedad Civil USM PDF Imprimir E-mail
Dr. Umberto Petricca ZúgaroDr. Umberto Petricca
         Educación
  • Primaria: Italia
  • Secundaria: Italia
  • Universitaria: Universidad Santa María. (Caracas)
  • Titulo Obtenido: Economista (1987)

Rector PDF Imprimir E-mail
Dr. José Ceballos G.dr_jose_ceballos
Estudios Realizados
  • Titulo de Especialista en Derecho Humanitario, Universidad Latinoamericana y del Caribe (2009)
  • Titulo de Doctor en Ciencias Penales, Se presentó   ante la Dirección de Postgrado, la tesis  titulada “Las excepciones Dilatorias y de Inadmisibilidad en el proceso penal Venezolano”, la cual una vez discutida fue aprobada por el jurado en 1989. Universidad Santa María.USM (1990)
  • Título de Especialista en Derecho Penal, Universidad Santa María.USM (1980)
  • Título de Especialista en Ciencias Penales, Universidad Católica Andrés Bello. UCAB (1976)
  • Título de Abogado, Universidad Central de Venezuela. UCV (1973)
Vice-Rector Académico PDF Imprimir E-mail
Dr. Ramón de Torres C.thumb_lic_ramon_de_torres
Actividades Profesionales
  • Licenciado en Comunicación Social, mención Audiovisual, Universidad Católica Andrés Bello, en el año 1979.
  • Master of Arts in Mass Communication y PhD en Filosofía, de la Universidad de Florida.
  • Fue profesor de la Universidad Católica Andrés Bello desde 1979 hasta 2004; y, actualmente, es profesor en la Universidad Santa María desde 1999. Ocupó los cargos de Jefe de Cátedra y Jefe de Departamento de la Escuela de Comunicación Social.
Vice-rector Administrativo PDF Imprimir E-mail
Dr. Carlos Enrique Peñathumb_dr_carlos_e_pea
Educación
Primaria:
Colegio San José (Mérida)

Secundaria:
Colegio San José y Liceo Libertador (Mérida)
Universitaria:
  • Universidad de los Andes. (Mérida)
  • Universidad Santa María. (Caracas)
Titulo Obtenido: Abogado (1976)
Post – Grado:
  • Especialista en Ciencias Penales
  • Magister  Scientiarum en Ciencias Penales
  • Doctorado en Ciencias Penales. Aprobado con mención
"HONOR AL MERITO DE PUBLICACIÓN"

Doctorados Honoris Causa
1.- Doctorado Honoris Causa en Ciencias Jurídicas mención Penal Internacional otorgado por FATHY UNIVERSITY de la ciudad de Estambul, República de TURQUIA. Año. 2009.
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2.- Doctorado Honoris Causa en Ciencias Jurídicas mención Penal otorgado por el Instituto de Altos Estudios Universitarios de Caracas Venezuela.- Año 2007.
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3.- Licenciatura en Ciencias Policiales Honoris Causa del Instituto Universitario de la Policía Metropolitana de Caracas Venezuela. Año 2008.
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4.- Profesor Emerito de SOKA UNIVERSITY de Tokio República de Japón en el año 2007.
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5.- Doctorado Honoris Causa Mención Ciencias Jurídicas, otorgado por la Academia Mundial de la Educación conformada por 17 universidades latinoamericanas, Brasil 25 de noviembre de 2010.
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6.- Doctorado Honoris Causa Mención Excelencia Académica otorgado por el Consejo Iberoamericano de Educación Superior. Brasil 25 de noviembre de 2010.
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8.- Doctorado Honoris Causa Mención Derecho Internacional otorgado por ATILIM UNIVERSITY en la ciudad de ANCARA, República de Turquía. Septiembre de 2012.

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Cursos Realizados
  • Curso de Derecho Penal  U.C.V. (1976)
  • Curso de Enjuiciamiento Criminal U.C.V. (1977)
  • Curso de Derecho Procesal Civil  U.S.M. (1979)
  • Curso de Derecho Ambiental U.S.M. (1982)
  • Curso y Jornadas de Derecho Procesal Civil U.S.M "Expositor" (1983)
  • Jornadas de Derecho Sobre una nueva Legislación Vial.
  • Colegio de Ingenieros de Venezuela  (1984)
  • Curso sobre la reforma del Código Orgánico Procesal Penal U.S.M. (1996)
  • Curso de Derecho Procesal Penal. Terceras Jornadas Jurídicas del Ejercito.
  • Ministerio de la Defensa (1995)
  • Programa de visitantes Internacionales a los E.E.U.U. Para el conocimiento del Sistema de Administración de Justicia en ese país. (1996)
  • Curso de Preparación de Capacitación para la  aplicación del nuevo Código Orgánico Procesal Penal.
  • Consejo de la Judicatura. (1996)
  • Curso y ensayos del Circuito Judicial Penal modelo.
  • Consejo de la Judicatura (1997)
  • Seminario sobre el Juez y los Derechos Humanos.
  • Consejo de la Judicatura (1998)
  • Curso como facilitador del Código Orgánico Procesal Penal.
  • Dictado a los Jueces del Estado Táchira. (1997)
  • Curso como facilitador del Código Orgánico Procesal Penal en los Procedimientos Administrativos. Consejo de la Judicatura (1997)
  • Curso sobre el rol de la Policía Judicial en el nuevo Proceso Penal. C.T.P.J.
  • Ministerio de Justicia. (1997)
  • Curso sobre la Incidencia del nuevo Código Orgánico Procesal Penal, sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
  • Comisión Nacional Antidrogas (1997)
  • Jornadas Jurídicas del Código Orgánico Procesal Penal. Salón Rojo. Palacio de Miraflores. Comisionado Presidencial para la vigilancia de la Administración Publica (1998)
  • Curso sobre el Código Procesal Penal organizado por el Instituto de Estudios Jurídicos Dr. Santiago Briceño del Estado Táchira. (1998)
  • Curso sobre el análisis y observaciones del Código Orgánico Procesal Penal , realizado en la Dirección General Sectorial de Justicia Militar (1998)
  • Curso sobre la reforma del Proceso Penal. U.C.A.B. (1998)
  • Curso sobre la Vigencia Anticipada del Código Orgánico Procesal Penal. Consejo de la Judicatura (1998)
Exposiciones realizadas en Jornadas Profesionales
  • Ponencia en las Jornadas de Derecho Procesal Civil U.S.M. (1983)
  • Moderador de las primeras Jornadas sobre una nueva Legislación Vial en Venezuela (1984)
  • Ponente en conferencia sobre Derecho Ecológico. Centro de Altos Estudios de las Fuerzas Armadas de Cooperación
  • Ponente en conferencia sobre Derecho Ecológico U.S.M. (1984)
  • Ponente en conferencia sobre el análisis de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Publico.
  • Instituto Nacional de Canalizaciones (1984)
  • Ponente sobre el análisis de la Ley Orgánica sobre sustancias estupefacientes y psicotrópicas (1984)
  • Ponentes en 15 conferencias dictadas en el Colegio de Abogados del Distrito Federal sobre cuestiones previas en el Proceso Civil.
  • Ponente en las primeras Jornadas de Derecho Civil U.S.M. (1982)
  • Ponente en las Jornadas sobre el nuevo Código Orgánico Procesal Penal. U.C.A.B. (1996)
  • Ponente en las Jornadas sobre el nuevo Código Orgánico Procesal Penal U.S.M. (1996)
  • Ponente en el primer taller de estudios de el Código Orgánico Procesal Penal efectuado en la Escuela Técnica del Ejercito. Fuerte Tiuna (1996)
  • Ponente en el seminario sobre el impacto del nuevo Código Procesal  Penal en los Procesos Administrativos dictados en el Consejo de la             Judicatura (1997)
  • Ponente en el taller sobre el nuevo Código Orgánico Procesal Penal realizado en el Estado Táchira con la Asociación de Jueces (1997)
  • Ponente en las 1ras. Jornadas Jurídicas Integrales de la Asociación Civil  estudios Jurídicos macizo Guayanés sobre la reforma del  Proceso Penal en Venezuela. (1997).
  • Ponente en las Jornadas sobre el nuevo Código Asociación Nacional de Defensores Públicos (1997)
  • Ponente  en el taller sobre el nuevo rol de la Policía Judicial en el nuevo Proceso Penal C.T.P.J. (1997)
  • Ponente en el taller sobre el nuevo Código Orgánico Procesal Penal dictado a la Asociación de Jueces y Universidad Católica.
  • Juez capacitador en la fase II de la Implementación del Código Orgánico Procesal Penal. Consejo de la Judicatura. (1997)
  • Ponente en el Taller sobre el análisis y observaciones hechas al Código Orgánico Penal Militar dictado en la Corte Marcial; Consejo de Guerra; Tribunales de Primera Instancia y Fiscales Militares. (1997)
  • Ponente en la undécima reunión de la Comisión de Narcotráfico y Crimen Organizado del Parlamento Latinoamericano. Congreso Nacional (1998)
  • Ponente en el Foro " Juicio a los Banqueros" Propiciado por el partido "MAS" (1998).
  • Ponente en las Jornadas sobre el Sistema Acusatorio en Venezuela.
  • Corte Marcial de la Republica. (1998).
  • Ponente en el Seminario sobre la Reforma del Proceso Penal Venezolano. U.C.A.B. (1998)
  • Ponente en el taller sobre el Código Orgánico Procesal Penal dictado a la  Asociación de Defensores Públicos de Venezuela. (1998)
  • Capacitador y ponente en el curso sobre el nuevo Código Orgánico Procesal Penal dictado en el Instituto de Estudios Jurídicos "Dr. Santiago Briceño" del estado Tachita ( 1998)
  • Ponente en las Jornadas a los  funcionarios de Justicia Militar a nivel Nacional. Ministerio de la Defensa (1998)
  • Ponente en el Foro Organizado por el Ministerio de Relaciones Interiores     " El Juez y los Derechos Humanos" (1998)
  • Capacitador del Consejo de la Judicatura fase III para la implementación del Código  Orgánico Procesal Penal. (1998)
  • Ponente en la II Jornadas Jurídicas integrales del Colegio de Abogados del Estado Bolívar (1998)
  • Ponente en el Foro la Constituyente y el Ministerio Publico.
  • Ponente en el taller teórico practico sobre el Código Orgánico Procesal Penal organizado por la  Consultaría Jurídica del Ministerio de Relaciones Exteriores y ACIN (1999)
  • Ponente y Conductor del Seminario del Juicio Oral realizado en la Tercera División de Infantería del Ejercito. Departamento de Investigaciones Criminales. (1999)
  • Ponente en el Diplomado de Derecho Procesal Penal de la U.C.A.B. en Táchira. Abril (2000)
  • Ponente en la Clase Magistral de la Instalación  de Post-Grado de Criminalística del Instituto Universitario de Policía Científica. Colegio de Abogados del Estado Aragua (2000)
  • Ponente en las II Jornadas del Diplomado en Derecho Organizado por el Colegio de Abogados del Distrito Federal (1999)
  • Ponente en el taller propiciado por la Asamblea Nacional y la Corte Marcial sobre la Reforma del Código Procesal Panal en la U.C.A.B. Táchira. Junio 2000
  • Ponente en  Jornadas propiciadas por el Ministerio de la defensa y la Corte Marcial sobre el Código Orgánico de Justicia Militar. Caracas 27 de Julio 2001.
  • Ponente en las Jornadas EL ROL DE LOS JUECES PENALES FRENTE A LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA DE CARA A LOS DERECHOS HUMANOS. LA RESPONSABILIDAD DE lOS JUECES PENALES EN EL SISTEMA ACUSATORIO EN LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS, dictada durante las Jornadas de Derecho para Defensores y Analistas Profesionales, organizada por la Dirección y Coordinación del Proyecto de Modernización de la Defensa Publica del Tribunal Supremo de Justicia.
  • Ponente en el Foro-Taller HACIA UN ESTADO FEDERAL DESCENTRALIZADO Y PARTICIPATIVO, organizado por  la Comisión Permanente de Participación Ciudadana de la Asamblea Nacional.
  • Ponente en las Primeras Jornadas de responsabilidad administrativa de los funcionarios de la Guardia Nacional, efectuadas en la Comandancia General de la Guardia Nacional, a todos los miembros del Alto Mando de la Fuerza y a todos los Oficiales Superiores.
  • Ponente en el Taller SOBRE LA REFORMA DEL CODIGO ORGANICO DE JUSTICIA MILITAR, dictado en la Corte Marcial de Venezuela, en el marco del evento denominado la ADAPTACION DEL ORDENAMIENTO JURIDICO MILITAR, organizado por la CORTE MARCIAL Y LA ASAMBLEA NACIONAL.-
  • Asistente como invitado especial al Primer Congreso de la Asociación venezolana de Derecho Médico, organizado por la Asociación venezolana de Derecho Médico, denominado TERAPIA JURIDICA UN NUEVO MODELO DE ENSEÑANZA.
  • Asistente como invitado especial a las Jornadas de Derecho Penal,  denominadas CONGRESO INTERNACIONAL DE DERECHO PENAL, con la participación de panelistas internacionales entre otros CLAUS ROXIN; ENRIQUE GIMBERNAT.
Cargos Académicos Ejercidos  y/o en Ejercicio
  • Profesor Universitario de Pre-Grado de Derecho de la Universidad Santa María desde 1976 hasta la fecha. Escalafón : Profesor Titular
  • Jefe de Cátedra de Derecho Procesal Civil.
  • Jefe de Departamento de Derecho Procesal.
  • Profesor titular de la Cátedra de Derecho Procesal en la Dirección de  Post-Grado de la Universidad Santa María.
  • Profesor de la Cátedra de Derecho Civil (Personas).
  • Profesor de la Cátedra de Derecho Ecológico.
  • Profesor de la Cátedra de Derecho Procesal Civil II Pre-Grado.
  • Profesor de la Cátedra de Derecho Administrativo en la Escuela de Formación de los Oficiales de las Fuerzas Armadas de Cooperación (E.F.O.F.A.C.).
  • Profesor de la Cátedra de Estudios Ambientales y Ecológicos del Centro de Altos Estudios de las Fuerzas Armadas de Cooperación. (E.F.O.F.A.C.)
  • Profesor de la Cátedra de Enjuiciamiento Criminal en la Escuela de Formación de Oficiales de las Fuerzas Armadas de Cooperación. (E.F.O.F.A.C.)
  • Profesor Titular de la Cátedra de derecho Procesal Penal I y II de la Universidad Santa María.
  • Profesor de la Cátedra de Derecho Procesal Penal en Post- Grado del Instituto Universitario de la Policía Científica (I.U.P.O.L.)
  • Coordinador Académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Santa María.
  • Director de la Escuela de Derecho de la Universidad Santa María.
  • Consultor Jurídico de la Universidad Santa María.
  • Decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Santa Maria, Cargo ejercido durante tres periodos,  Culminando el último el 30 de Julio de 1997.
  • Vicerrector Administrativo de la Universidad Santa María desde mayo de 2001 hasta la presente fecha.
  • Abogado en Ejercicio desde 1976 hasta 1997.

Cargos no Académicos Ejercidos  y/o en Ejercicio y Cargos en el Poder Judicial
  • Conjuez del Tribunal 35 de Primera Instancia en lo Penal y Salvaguarda del Patrimonio Público de la Circunscripción Jurídica del Distrito Federal.
  • Conjuez del Tribunal 18 de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda  del Patrimonio Público de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal.
  • Primer suplente del Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal.
  • Primer suplente de las Fiscalias 46 y 52 del Ministerio Publico.
  • Asesor Legal de la Corte Marcial de la Republica.
  • Miembro de la Comisión Presidencial de la Redacción del Proyecto de la Ley Antimafia.
  • Asesor de la Presidencia de Justicia Militar
  • Asesor del Despacho del Fiscal General de la Republica Dr. Iván Darío Badell.
  • Miembro Fundador de la Asociación Civil "Alianza para una Venezuela sin Drogas"
  • Juez Provisorio del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Publico de la CircunscripciónJudicial del Área Metropolitana de Caracas.
  • Juez Titular por concurso del Juzgado Trigésimo Tercero de Primera Instancia en lo Penal y de Salvaguarda  del patrimonio publico de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
  • Primer Suplente del Tribunal Superior Veinte Penal de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
  • Juez Capacitador del Consejo de la Judicatura para la Implementación a Nivel Nacional de Código Orgánico Procesal Penal.
  • Postulado por los Colegios de Abogados del Distrito Federal y del Estado Miranda, Universidad Santa María, Inpreabogado de Venezuela y Asociación de Derechos Humanos de Venezuela, para el concurso publico al Cargo de Fiscal General de la Republica, en cuyo proceso de 98 candidatos, alcance el cuarto lugar en el resultado final.
  • Designado por la Comisión Legislativa Nacional como suplente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, según Gaceta Oficial Nº 36.927 del 6 de Abril de 2000.
  • Autor del texto “Sistema Acusatorio en Venezuela”.

Gestión Empresarial
  • Presidente de la compañía anónima AFTON PROPERTIES C. A. (Empresa dedicada al ramo inmobiliario, constituida como matriz en la Ciudad de Panamá, República de Panamá), cargo ejercido desde agosto de 2008 hasta la fecha.

Condecoraciones recibidas
  • Orden al Mérito del Trabajo en su Segunda Clase
  • Orden Andrés Bello en su Segunda Clase
  • Orden Diego de Lozada en su Segunda Clase
  • Orden Guaicaipuro en su Primera Clase – Consejo Municipal de los Teques
  • Orden Estrella de Carabobo en su Primera Clase
  • Orden Cruz de las Fuerzas Armadas de Cooperación en su Segunda Clase
  • Orden Cruz de las Fuerzas terrestres Ens. Segunda Clase.
  • Orden Honor al Mérito Capitanía del Puerto a la Guaira
  • Orden al mérito del Trabajo en su Primera Clase
  • Orden Andrés Bello en su Primera Clase
  • Orden Francisco de Miranda en su Segunda Clase
  • Orden Cordón de Malta, del Gobierno Español.
  • Orden Casa Fuerte del Gobierno del Estado Anzoátegui en su Primera Clase.
  • Orden Leonidas Monasterios en su Primera Clase, de la Asamblea Legislativa del Estado Miranda.
  • Orden General de División José Antonio Anzoátegui de la Gobernación del Estado Anzoátegui.
  • Orden Honor al Mérito del Cuerpo Técnico de la Policía Judicial en su Primera Clase.
  • Mención Honorífica Dr. Cesar Naranjo Osti de la Comisión Nacional contra el Uso Ilícito de las Drogas de la Presidencia de la Republica.
  • Orden Almirante Brión en su Única Clase
  • Orden Cruz de la Policía Metropolitana  en su Segunda Clase.
  • Orden Ministerio Público en su Primera Clase.
  • Medalla Centenario de la Prefectura de Caracas.
  • Orden al Mérito del Colegio de Abogados del Distrito Federal.
  • Orden Bicentenario del Colegio de Abogados del Distrito Federal.
  • Honor al Mérito Defensa Civil en su Primera Clase.
  • Orden al Mérito Universidad Santa María en su Primera Clase.
  • Botón Mérito al Servicio en su Única Clase de la Comandancia de las Escuelas de la Guardia Nacional.
  • Botón Honor al Mérito del Destacamento Nº 3 del Comando Regional Nº 5 de la Guardia Nacional.
  • Barra Insignia Mérito al Servicio Otorgada por la Policía Metropolitana de Caracas.
  • Medalla Honor al Mérito Municipal de la Alcaldía del Municipio Sucre.
  • Premio Nacional Musa de Oro como Juez Penal mas destacado del año.
  • Distinción Imagen del Año Otorgado por la Organización Venezolana de Prensa.
  • Orden Generalísimo Francisco de Miranda Única Clase. Consejo Legislativo del Estado Miranda.
  • Gran Orden del Colegia de abogados del Estado Miranda.
  • Capitán Honorario del Cuerpo de Bomberos Forestales del Distrito Federal.
  • Oficial de la Marina Mercante
  • Locutor Profesional.
  • Considerando de la Alcaldía de Chacao – Orador de Orden en Acto Solemne en Conmemoración del Día del Abogado.
  • Distinguido con el Honor de apadrinar 17 promociones de Abogados de la Universidad Santa María.
  • ORDEN CRUZ A LA PROTECCION CIVIL en su Segunda Clase otorgada por la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas.
  • ORDEN AL MERITO de la FISCALIA GENERAL MILITAR en su Primera Clase, otorgada por el Consejo de la Orden de la Fiscalía General Militar del Ministerio del Poder Popular para la Defensa
  • ORDEN AL MERITO  de la FISCALIA GENERAL MILITAR en su Segunda Clase otorgada por el Consejo de la Orden de la Fiscalía General Militar del Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
  • ORDEN EN EL GRADO de GRAN CORDON en su Primera Clase otorgada por la Alcaldía Mayor de Caracas.
  • ORDEN GENERALISIMO SEBASTIAN FRANCISCO DE MIRANDA en su Primera Clase otorgada por el Consejo Legislativo del Estado Miranda.
  • ORDEN CRUZ AL MERITO DE FUNDAPOL en su Primera Clase otorgada por la Fundación para la Asistencia  Social de la Policia Metropolitana de Caracas.
  • ORDEN QUINGUAGESIMO ANIVERSARIO EN SU UNICA EDICION en Primera Clase, otorgada por la Dirección  del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito y Transporte Terrestre del Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura.
  • ORDEN MEDALLA AL MERITO en su Primera Clase, otorgada por la Federación Odontológica Latinoamericana de México, única condecoración conferida a un Abogado Venezolano.
  • ORDEN HONOR AL MERITO DE LA CORTE MARCIAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA en su Primera Clase, otorgada por la Corte Marcial y el Circuito Judicial Penal Militar.
  • ORDEN MIRANDA HONOR Y MERITO en su Primera Clase, otorgada por la Gobernación del Estado Miranda.
  • RECONOCIMIENTO DEL COMANDO FLUVIAL DE LA UNION NACIONAL DE MARINOS DE LA MARINA NACIONAL en su única clase por la valiosa colaboración en la Protección y Desarrollo de las Areas Fluviales y Lacustres de Venezuela.
  • ORDEN POLICIA MUNICIPAL DE SUCRE en su Primera Clase, otorgada por la Alcaldía del Municipio Autónomo de Sucre.
  • ORDEN BARRA DE HONOR AL MERITO otorgada por la Capitanía del Puerto la Guaira, del Instituto de los Espacios Acuáticos.
  • ORDEN MEDALLA NAVAL CA. ARMANDO LOPEZ CONDE en su Unica Clase, otorgada por la Comandancia General de la Armada, División de Infantería de Marina.-
  • ORDEN ESTHER FRANCO LA RIVA en su única clase, otorgada por el Colegio de Abogados del Estado Miranda.
  • ORDEN BICENTENARIA DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE CARACAS, otorgada por el Colegio de Abogados de Caracas.-
  • ORDEN CECILIO ACOSTA en su Primera Clase, otorgada por el Ejecutivo del Estado Miranda.-
  • ORDEN AL MERITO DR MARIO BRICEÑO PEROZO en su Unica Clase, otorgada por la Federación de Colegios de Abogados de la República Bolivariana de Venezuela.
  • ORDEN MERITO AL SERVICIO en su única clase, otorgada por el Destacamento No 52 de la Guardia Nacional de Venezuela.
  • ORDEN ALM IRANTE BRION en su única clase, otorgada por el Consejo Legislativo del Estado Miranda.
  • MEDALLA AL MERITO DEL INSTITUTO MONTE SACRO en su única clase, otorgada por la Unidad Educativa Privada Monte Sacro.
  • GALARDON MAR DE PLATA INTERNACIONAL como PERSONALIDAD DEL AÑO POR EXCELENCIA EN MATERIA EDUCATIVA, otorgada por el Circulo de Periodistas y la Organización Latinoamericana de Buenos Aires, República de Argentina  a un venezolano dedicado a la Educación Superior en Venezuela.
  • ORDEN COLEGIO DE ABOGADOS DE CARACAS Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS, otorgada por ambas organizaciones, por la lucha sistemática en pro de la defensa de los Derechos Humanos en Venezuela.
  • MEDALLA JURAMENTO DE SIMON BOLIVAR EN MONTE SACRO en su Primera Clase, otorgada por el Centro de Altos Estudios Universitarios de Caracas.-
  • ORDEN LEAL HEROÍNA CIUDAD DE OCUMARE DEL TUY en su única clase, otorgada por la Alcaldía del Municipio Tomás Lander del Estado Miranda.-
  • DOCTORADO HONORIS CAUSA EN LA MENCION DERECHO PENAL, conferido por el CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS UNIVERSITARIOS DE CARACAS.
  • Designado PROFESOR INVITADO PERMANENTE DE LOS DIPLOMADOS EN DERECHO PROCESAL PENAL del CENTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL LOYOLA DE LA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL TACHIRA.
  • Designado PROFESOR EMERITO DE LA SOKA UNIVERSITY DE TOKIO, República de Japón.
  • Designado como EMBAJADOR PARA LA PAZ DEL MUNDO por la FEDERACION INTERNACIONAL PARA LA PAZ MUNDIAL afiliada a la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS.
Decano de la Facultad de Derecho PDF Imprimir E-mail
Dr. Inocencio Figueroa
dr_inocencio_figueroaEducación
Universidad Santa María
Instituto de Altos Estudios de la Defensa Nacional

Títulos Obtenidos

•    Abogado, Especialista en Docencia Universitaria (USM),  e instructor de Derechos Humanos convenio( ACNUR MINDEFENSA) ,
•    Egresado del curso No.1 de Gerencia de Crisis. Instituto de Altos Estudios de la defensa Nacional 
•    Doctor en Ciencias de la Educación. (USM)


Cargos Académicos Ejercidos  y/o en Ejercicio
•    Profesor Titular  Derecho Constitucional U.S.M.
•    Decano de Estudiantes U.S.M
•    Conferencista invitado en el I.A.D.E.N.
•    Profesor invitado de la Universidad Latinoamericana y del Caribe.
•    ExPresidente del Consejo Consultivo de la Cruz Roja Venezolana.
•    Director de la Escuela de Derecho. Universidad Santa Maria.
•    Decano de la Facultad de Derecho Universidad Santa Maria ( Actual)

Universidad Santa María
la_florenciaSEDE LA FLORENCIA: Es la sede central de la Universidad y está situada en el Km. 4 de la Carretera Petare - Santa Lucia, en el Municipio Sucre del Estado Miranda, enclavada en una zona arbolada, con hermosa vista de montaña donde el estudiante disfruta de todos los servicios que necesita para facilitar sus estudios. Esta sede está construida en un área de 450.000 mts2 aproximadamente, de los cuales, 200.000 mts2 corresponden a construcción, que incluyen las edificaciones (14 en total, donde se localizan las distintas facultades y las dependencias administrativas), las vías internas de circulación y las áreas verdes.
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En esta sede funcionan todas las Carreras: Administración, Contaduría, Economía, Comunicación Social, Derecho, Estudios Internacionales, Farmacia, Ingeniería Civil, Industrial,  de Sistemas y Telecomunicaciones, Arquitectura y Odontología. Además cuenta con servicios para toda la comunidad estudiantil como lo son: Servicio médico, cafetines, feria de comida, biblioteca con tecnología de última generación, Clínicas Odontológicas, anfiteatros, salón de usos múltiples y librerías.

Sedes de la USM PDF Imprimir E-mail
sede_principal Sede Principal
En 1983 se comienza a construir la sede central de la Universidad Santa María en el sector La Florencia, Municipio Sucre del Estado Miranda, a escasos minutos del centro de Caracas, con amplias vías de acceso de circulación rápida. El campus usemista cuenta con 450.000 m2 de terreno, 150.000 m2 de construcción y 2 km. de vías internas. Modernas instalaciones son característica resaltante de esta sede central, con amplias y funcionales aulas, laboratorios totalmente equipados con alta calidad científica y tecnológica, extensos campos deportivos y grandes zonas destinadas al estacionamiento de vehículos.
mapa_blanco Final Autopista Francisco Fajardo vía Petare – Guarenas, Km. 4 Sector La Florencia, Estado Miranda
telefono_blanco Teléfonos: 0212.918.08.00 

sede_post-grado Sede de Post-Grado

La sede original, localizada en El Paraíso, guardando su interés histórico fue totalmente remodelada para convertirla en el gran Centro de Estudios de Post- grado. Actualmente es una edificación apropiada y céntrica, que cuenta con aulas y anfiteatros diseñados para estos estudios.

Con biblioteca, estacionamiento y otros servicios que conforman un conjunto de amplia calidad para el desarrollo de las actividades académicas, donde se dictan Cursos de Extensión, de Especialización y Maestrías, así como también Doctorados. Los estudios en esta sede se llevan a cabo con un concepto práctico, funcional, innovador y perfectamente conectado con la realidad nacional.
mapa_blanco Avenida Páez, Urb. El Paraíso frente a la plaza Madariaga Municipio Libertador, Caracas
telefono_blanco Teléfonos: 0212. 483.4972 / 481.1660


sede_amazona Sede Amazonas
La Universidad Santa María en su empeño por contribuir con la formación profesional del venezolano, en 1999 fundó en el Estado Amazonas un Núcleo Universitario donde se imparten las carreras de Derecho, Economía, Contaduría Pública y Administración. Esta sede funciona en dos turnos: mañana y noche.

El núcleo cuenta con amplios y cómodos salones de clase, biblioteca, laboratorio de informática y cafetín cuyas instalaciones están ubicadas en una linda churuata con aire acondicionado. Todo el ambiente está cuidadosamente adaptado al medio ambiente de esa región venezolana y a las necesidades de la comunidad. Es un gran esfuerzo constitucional que contribuye con la unidad familiar y el desarrollo cultural de la región.
mapa_blanco Avenida 23 de Enero, Frente al Polideportivo “Enrique Ramos Cordero” Puerto Ayacucho, Estado Amazonas.
telefono_blanco Teléfonos: 0248.521.3976 / 521.4260


sede_barinas Nucleo Barinas
Este núcleo surgió como una opción académica para captar a una gran población estudiantil deseosa de formarse en las ciencias sociales, el área científica y administrativa. Nuestra misión va más allá de un buen desarrollo del perfil académico de nuestros egresados. Es lograr que formen parte del crecimiento económico y puedan forjar el desarrollo local.
El núcleo cuenta con amplios y cómodos salones de clase, biblioteca, laboratorio de informática y cafetín cuyas instalaciones están ubicadas en una moderna edificación con aire acondicionado. Todo el ambiente está cuidadosamente adaptado al medio ambiente de esa región venezolana y a las necesidades de la comunidad. Es un gran esfuerzo constitucional que contribuye con la unidad familiar y el desarrollo cultural de la región.
mapa_blanco Av. Adonay Parra, Altos de Barinas
telefono_blanco Teléfonos: 0273. 541.2882 / 541.1887




sede_orienteSede Oriente
Dentro de los proyectos de descentralización, en 1994 la Universidad Santa María se establece con sede propia en Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, teniendo como base una moderna edificación enclavada en 28.000 m2 de terreno ubicado en la avenida principal de Lecherías.

Esta importante sede dispone de aulas con diseño aclimatado ala zona; biblioteca igualmente adaptada al medio ambiente, modernos laboratorios de computación con sofisticados equipos y programas en distintas áreas. Es un complejo educativo con amplios estacionamientos, todos los servicios y una moderna cafetería ubicada en un pequeño centro comercial rodeada de áreas verdes.
mapa_blanco Av. Intercomunal Andrés Bello, Sector Las Garzas Barcelona, Estado Anzoátegui
telefono_blanco Teléfonos: 0281. 286.9133

Misión y Visión PDF Imprimir E-mail
Misión:
Formar profesionales integrales, preparados para enfrentar los retos actuales y futuros que plantea el desarrollo económico, social, político y cultural de la nación, para contribuir a la elevación de la calidad de vida y el bienestar de los ciudadanos, mediante el proceso de enseñanza-aprendizaje en el marco de la tecnología de la información.

Visión:
Situar a la Universidad Santa María en el umbral de la excelencia académica, plasmada en el desarrollo del recurso humano innovador y proactivo a través del estudio constante, la investigación y la práctica profesional, íntimamente ligado a los más altos principios morales que dirijan su desarrollo hacia el progreso honesto, la rectitud y la lealtad en la aplicación del saber.
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COMUNICADO OFICIAL PARA LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL USEMISTA

Se informa y ratifica lo estipulado en los Reglamentos Internos de cada facultad y para todas las Escuelas que la integren: Derechos de los Usemistas.

  • Los alumnos tendrán derecho a solicitar ante el profesor de la asignatura la revisión de los resultados de las evaluaciones, dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes a partir que el profesor haya comunicado cada calificación. Es un deber de los profesores: permitir la revisión de exámenes escritos y fijar en la hoja de examen la fecha y la hora en que lo permitió.
  • Todo alumno tiene derecho a ser escuchado por su profesor y por las autoridades de su Escuela/Facultad y mediante su representante estudiantil por las autoridades del Consejo Universitario.
  • Desde el semestre 2008-01 y para evitar el sobreprecio de las hojas timbradas para presentar evaluaciones dentro de la Universidad, se puede utilizar una hoja NO timbrada tipo examen, debidamente sellada en su respectiva facultad, para la realización de todas las pruebas en el presente período lectivo.
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INICIACION UNIVERSITARIA E HISTORIA.

El Derecho en los pueblos de Oriente Antiguo, presentase a lo largo de su historia, como un sistema jurídico con personalidad propia, adecuado a sus peculiares ideales, en el cual encontramos una heterogeneidad de manifestaciones jurídicas fundadas en principios de religión, moral y justicia.

EL DERECHO EN EGIPTO.
En la historia eolítica de Egipto se conocen tres Imperios: el de Menfis, el de Tebas y el de Sais. En el imperio Menfita, el territorio estuvo dividido en nomos o distritos independientes.  Menes fundador de Menfis, sujetó los nomos y fundó la primera dinastía. EL Imperio Tebano, surge hacia el siglo XXII antes de Cristo, en que tebas alcanzó la supremacía sobre Menfis, dando origen al segundo Imperio. El imperio Saita, Egipto se rehace bajo las dinastías de Sais, cuyos reyes entran en relación con los griegos e introducen la cultura griega en su país.  En Egipto el carácter predominante de su cultura ha sido su profundo sentimiento religioso, que conduce a la reafirmación de la personalidad.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO EGIPTO
c     Las más remotas leyes se atribuyen a la revelación que de ellas hicieron dioses.
c     El signo de la justicia era la pluma de avestruz.
c     Los animales sagrados eran el gato y el halcon.
c     Los atentados contra los Faraones. La complicidad en estos, las ofensas al faraón, a las órdenes reales, el perjuicio y el homicidio, eran estimados delitos contra la divinidad.
c     El Derecho estaba impregnado del estudio religioso el delito era ofensa a los dioses, las pernas mas crueles se imponía por los sacerdotes como delegación divina y para aplacar a la divinidad.  Algunas de las penas eran: Al espía se le cortaba la lengua, al estrupador los órganos genitales.
c     El Faraón era considerado un dios viviente, era él quien atribuía  derechos y aplicaba sanciones.
c     La Ley era respetada por el mismo Faraón y los jueces al ocupar el cargo se les obligaba a jurar que nunca acatarían una orden real que fuese contraría a la ley.
c     Entre las clases sociales existían los escribas y sacerdotes.
c     El Faraón ejercía control sobre la familia mediante el matrimonio religioso.
c     Las mujeres podían ser propietarias y las capitulaciones matrimoniales permitían saber cual de los cónyuges sería el propietario de los bienes.

DERECHO EN CHINA:
La China  fue poblada por cierto número de familiares. Reinaron en un principio seres divinos a los que siguen tiempos heroicos. Luego este pueblo fue gobernado por una serie de dinastías de carácter feudal. A principios de nuestra Era se introdujo en China el Budhismo, y en el siglo VI, se predicó el Cristianismo, sin mayores progresos.  En tiempo de la dinastía TSIN (246 A.C)  el Imperio Chino alcanzó esplendor y poderío. Pero bajo la dinastía  de los Soung los mongoles se apoderan del país y asimilan su cultura.
El Derecho en la etapa inicial del Imperio fue considerado como un mandato divino. Posteriormente las reglas jurídicas fueron consideradas costumbre o del derecho Imperial.
El Antiguo derecho Chino, es de carácter sagrado y las penas terrenales eran seguidas de castigo de ultratumba.
En el primitivo derecho de China contenido en el libro de las cinco (5) penas, la primera etapa esta dada por la vigencia de este libro; la segunda se añadieron otras penalidades como: el cegar y torturar.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO DE CHINA
c     El Código más antiguo que se conoció es el de las reglas del Shaw, una especie de recopilación de principios jurídicos que son instrucciones para los funcionarios del imperio.
c     La mujer se consideraba sujeta a tres tutelas: padre, esposo e hijo mayor.
c     El divorcio tenía lugar por la desobediencia a los suegros, celos de las concubinas y repudio del marido por no tener hijos varones.
c     El Emperador era el único propietario de toda la tierra, sin embargo, con el tiempo particulares fueron adquiriendo el derecho de propiedad, el dominio de las aguas también fue reglamento de una manera perfecta.
c     En materia de justicia y castigo de delitos el Derecho Chino fue muy cruel, existían órganos especiales que impartían justicia, existía un ministerio regido por el Mandarin de Otoño, manejaba la actuación de los Tribunales y de él dependían otros funcionarios que eran unan especie de notarios que tenían por encargo dar fe de los contratos que se celebraban.
c     En la segunda era se introdujeron disposiciones que hacían menos cruel el derecho penal Chino: se mando a tener en cuenta los móviles del delito; se favorecía el que delataba; Se ordenó cuidar a los delincuentes sobre los que se había ejecutado una pena (índole mutiladora).

DERECHO EN LA INDIA:
La India como la China, ha sido el centro de una cultura aislada. La India nunca fue un Estado unitario. Cada una de las circunstancias políticas en que estaba dividida estaba gobernada por un Rey cuyas funciones se determinaban en el Código de Manú.
CARACTERISTICAS DEL DERECHO EN LA INDIA:
1.-     De esta época es el Código de Manú que prescribe una sociedad dividida en castas, formas cerradas de vida social y de origen divino. Según sus doctrinas Brahma después de crear todo cuanto existe, creó al hombre: sacando al brahmán o sacerdote de la cabeza, al citaría o guerrero del brazo, al vayscia o labrador del muslo y el sudra o siervo, del pie. Existía también los parias casta degrada sometida a  la más dura opresión.
2.-     En materia de familia, los miembros de cada casta no podían contraer matrimonio con los extraños a ella. La prohibición del matrimonio con persona inferior se aplicaba sólo a la mujer. En el matrimonio, el marido corresponde la propiedad de todos los bienes. Son motivos de divorcio a favor del marido: la embriaguez, la esterilidad, no tener hijos varones y otros más.
3.-     La mujer sin parientes estaba bajo la tutela del Rey, lo mismo el hijo sin padre. El adoptado tenía derechos en la familia del adoptante, y perdía los que pudiera tener en su familia natural.
c     El Código de Manú asigna a la propiedad un carácter familiar:
1.      El Padre es el único que posee y a su muerte, los bienes no deben  salir del circulo familiar
2.      No existe el testamento, sólo existe la sucesión legitima o natural a favor de los varones mas cercanos
3.      Las deudas del causante corren a cuenta de la sucesión.
c     Entre los modos de adquirir la propiedad, además de la herencia, estaban la compra, la donación, l cambio, el hallazgo o inversión y la prescripción por diez años.
c     En materia de contracto además del consentimiento de las partes, se exige que éstos sean demostrados por documento de testigo. Declara nulas aquellas negociaciones realizadas por la fuerza, enfermedad mental o debilidad por ebriedad, edad avanzada o infancia, y aquellas convenciones en que un apoderado se excede de las facultades expresamente otorgadas.
c     En Derecho penal, el Código de Manú (EL Derecho de castigar emanaba de Brama y el Rey era su delegador)  establece una serie de delitos como la calumnia, la injuria, el juego de azar, la bestialidad, la sodomia y la violación de menores. Establece también como delito una serie de enfermedades y defectos físicos como la elefantiasis, la epilepsia, la ceguera. A los que sufren de estos males los somete a verdaderos castigos y  los excluyen del trato de los demás como si fueran delincuentes.

DERECHO EN ASIRIA Y BABILONIA
La Cultura Asiria se asemejaba a la Babilónica en muchos aspectos. Exceptuando los anales reales, por ejemplo, la literatura asiría era prácticamente idéntica a la babilónica.
En Mesopotamia como en Egipto el sacerdote constituía también una clase social privilegiada, que acompañaba al Rey en las ceremonias del culto y lo asesoraba en el gobierno y administración del país.
    El Rey monarca absoluto era quien ejercía el poder Legislativo, judicial y ejecutivo.
c     El más antiguo de los códigos de Oriente, al menos de los que conocemos, es el Código del Rey Hammurabi, esta obra politica consistió en unificar las ciudades del Súmer y la región de Akad.
c     Bajo el Código de Hammurabí, el país fue dividido en distritos.
c     El procedimiento fue unificado, y se procedió a la codificación de las costumbres que condujo a la publicación del famoso Código de Hammurabí.
c     El Código de Hammurabí tiene carácter de un cuerpo de legislación, y es no sólo regla de conducta para los habitantes, sino toda una organización social, y el establecimiento de un verdadero derecho positivo, cuya aplicación corresponde a los jueces.
c     Hammurabi reinó en Babilonia aproximadamente 2.225 años de la era cristiana.
ORGANIZACIÓN SOCIAL:
La sociedad de Babilonia estaba compuesta por tres clases sociales representadas por el awilu, persona libre de clase superior; el wardu, o esclavo; y el mushkeu, persona libre de clase inferior. La familia era la unidad básica de la sociedad babilónica. Los matrimonios eran dispuestos por los padres y los esponsales, se reconocía legalmente tan pronto como el novio presentaba un regalo nupcial al padre de la novia. Ley y justicia eran conceptos fundamentales en el modo de la vida Babilónica.-
HAMMURABI:
Era un extraordinario legislador; el Código de Hammurabi es uno de los documentos legales más importantes jamás descubierto.
LEYES DEL CODIGO DE HAMMURABI:
c     Es el primer cuerpo legal conocido de la historia.
c     En el Matrimonio cuentan tres aportes, especie de dotes; una que da el marido antes del contrato conyugal, otra que aporta la familia de la esposa, y una y tercera que proporciona el marido, ya celebrado el matrimonio.
c     La familia organizada bajo el sistema patriarcal, las mujeres, hijos, esclavos y ganado pertenecen al jefe de la misma.
c     El marido puede en cualquier momento desposeer de sus derechos a la mujer, repudiándola. El repudio, especie de divorcio, tiene lugar en casos de mala administración o esterilidad de la mujer.
c     Dentro del matrimonio es permitido que el hombre tome otra esposa como concubina puesto que existe la poligamia.
c     Los hijos habidos fuera del matrimonio pueden ser adoptados. La adopción se hace por escrito y ante testigos. Los adoptivos entran a heredar después de los hijos legítimos
c     En lo mercantil, el Código contempla tres clases de propiedad, la del estado, la del templo y la particular. La tercera esta sujeta a las estipulaciones que la ley establece.
c     Las penas revisten un carácter severo: la muerte para Bandidos y ladrones, ahogo en el agua para la mujer adultera, esclavitud para los deudores, y el talión para asesinos y para los casos no contemplados en la ley.
c     La Justicia era impartida por dos clases de Tribunales: Los civiles y los religiosos.
c     En las sentencias se toman en cuenta la condición social de quien haya delinquido o haya sido victima del delito.
EN RESUMEN: El Código de Hammurabi, es una compilación de decisiones y providencias reales, realizadas con notable pulcritud que traduce el carácter absolutista de un derecho de origen divino, justificable, sin embargo, en función de fines eminentemente sociales. Es significativo por los demás, el criterio de equidad que postula para el juzgamiento de los casos, como la valoración de motivos que ordena en materia penal y contractual.    
DERECHO EN ISRAEL:
Su penetrante concepción moralista, ha influenciado notablemente la cultura jurídica  de los pueblos de Occidente. El pueblo hebrero ha ejercido influencia sobre el mundo occidental a través del Cristianismo, en la Biblia el termino “hebrero” es aplicado a Abrahan (Gen 14, 13) “Etimológicamente, el nombre hebrero parece significar “aquellos que van de un sitio a otro”  o “nomadas”.
David (1003-970)  con Salomón (970-933), eterzó su memoria por su sabiduría y obras suntuosas: edificó el Templo de Jerusalén, allí se guardó el Arca de la Alianza que contenía las Tablas de la Ley.
Las normas penales se hallan en el Éxodo, en el Livitico. Predomina el espíritu religioso. El derecho de castigar es delegación divina, el es ofensa a Dios y la pena no tiene otro objetivo que la intimación, se mide por el Talien que en caso de homicidio es absoluto: vida por vida. 

LAS TABLAS DE LA LEY:
c     Según la tradición bíblica, en el Monte SINAB recibe Moisés de Dios las Tablas de la Ley que constituyen el Decálogo, que incluye preceptos de eminente sentido jurídico y moral, como los que prescriben honrar al padre y a la madre, no matar, no cometer adulterio, no robar, no levantar falsos testimonios ni mentir y no codiciar los bienes ajenos.
c     El éxodo trata de la historia del Moisés y de la recepción del Decálogo.
c     El Deuteronomio, inspirado en ideales elevados, contiene principios de justicia social y religión.
c     Los cinco libros que proceden de Moisés, escritos por divina inspiración, forman el pentaeuco, primera parte de la Biblia.
c     La Obediencia y respecto que los hijos debían al padre se consagra en el propio Decálogo.
c     El marido puede repudiar a su mujer, la mujer puede heredar, y los varones sólo el primogénito tienen este derecho. Sin embargo, el Deuteronomio permite heredar a la mujer a falta de varones.
c     La propiedad no debía salir del grupo familiar.
c     En materia de delitos y administración de justicia, cuando el Estado sustituye al grupo familiar en la represión de los delitos, nace la institución del Talión. Algunos sostienen que el principio TALIONAL (Ojo por Ojo, Diente por Diente), no debe considerarse como una expresión absoluta de la cultura hebrea, sino como función estimativa de la época, que requería de un orden coactivo.
c     El apedreamiento fue la forma más común de castigar los delitos que merecían pena de muerte.
c     Atentar contra la divinidad es el máximo Delito, la ofensa a DIOS. Las penas de este periodo son: la Intimidación y la Expiación. Pero la pena mayor es la muerte a quien ha cometido un homicidio. El delito de adulterio primitivo, solo es cometido por la esposa infiel, castigado por los antiguos hebreros con la lapidación. Luego se agregaron la horca y el fuego.
c     Las Tablas de MOISES o Antiguo testamento, contiene lo que hoy llamamos los DIEZ MANDAMIENTOS.

DERECHO EN GRECIA:
En la antigua Grecia, los problemas de Derecho, fundamentalmente en la Grecia Clásica, giraron en torno a la organización del Estado y al principio de justicia. La pequeña propiedad pastoril, junto con el intercambio de productos naturales realizados según las costumbres, son las únicas relaciones jurídicas privadas, y la subordinación agentes locales fueron las únicas que se corresponden con el Derecho Público. Los Espartacos impusieron un régimen militar estricto.
La tradición atribuye a LICURGO, en el siglo IX antes de Cristo, la Constitución Espartana. Sus viajes fuera de su patria le permitieron conocer diversos sistemas legislativos que le sirvieron de modelo para el régimen de su pueblo y a él se debe la institución de la Gerusia o Consejo de Ancianos, elegidos por la Asamblea popular, que aprobaba o rechazaba las leyes propuestas por el Senado. Licurgo, conservó la existencia de dos reyes, por el poder que pudiera tener el uno sobre el otro. Este poder se vió limitado en el 750 antes de Cristo por los Eforos, magistrados que llegaron a ejercer la dirección política y la administración del Estado.
            Se distinguían tres clases sociales: Los espartanos que gozaban de todos los derechos, los periecos que sólo tenían algunos derechos civiles (matrimonio, testamento etec,) y los ilotas sin derecho alguno.
            El territorio fue dividido en lotes, cada jefe de familia era propietario de una parcela. Cada parcela constituía un mayorazgo, es decir, era traspasada al hijo mayor único llamado a heredarla.
            La Virtud más difundida fue el amor por la patria y el respecto a la ancianidad y a la Ley.
            En cada familia el padre ejercía funciones de juez, sacerdote y jefe de familia. 
Con el tiempo, las distintas aldeas se unificaron bajo la autoridad de Atenas. Y forman un Estado unitario sobre la base de una completa igualdad de derechos.  La Monarquía es la forma de gobierno en Atenas, pero fue descategorizada, por los nobles, quienes suplantan la monarquía por una República Aristocrática.
            Atenas siguiendo la evolución jurídico_ política, llega al poder sin el equilibrio del resto de la sociedad, la nobleza ateniense incurrió en lamentables excesos. Los abusos más notables fueron en la administración de justicia en manos de los eupátridas.
            El Arbitrio de los jueces sólo aparecía limitado por un conjunto inorgánico de normas consuetudinarias.
            En Materia Penal, el Estado se desentendía de la función represiva del delito, dejando en manos del ofendido o de su familia la ejecución de la justicia, que origina situaciones de verdadera injusticia. Quien  no tenía suficiente capital, debía recurrir al préstamo, con intereses excesivos. El deudor moroso debía responder no solo con sus bienes, sino también con su persona y hasta con la de sus familiares. Es cuando Dracon en el 621 antes de cristo crea el CODIGO DE DRACON: es en este Código donde Dragón puso por escrito las antiguas leyes. Fue un código sumamente severo y riguroso. Y marcó un gran progreso. Pero no mejoró la difícil situación económica del pueblo. EL nuevo Legislador  Solón fue designado a dar solución a los problemas (594 antes de Cristo) , como el de las deudas, el de la tierra y el de la igualdad de derechos políticos, y llevó a efecto una reforma en los siguiente términos:  
c     Ordenó extinguir las deudas. En consecuencia, prohibió el préstamo de dinero con garantía de la persona del deudor y permitió el rescate de la libertad a los reducidos a esclavitud por deudas.
c     En Materia de propiedad, suprimió el mayorazgo, lo que permitió que la tierra pediese ser vendida, y dividida entre herederos.
c     En cuanto a derechos políticos, a fin de establecer una igualdad, divide las sociedad Ateniense en cuatro clases, según la fortuna. En la primera clase estaban los ricos, en la segunda y tercera los condición media y en la cuarta los pobres. Asignó a cada clase derechos políticos según su categoría, y repartió equitativamente los impuestos.
Este Código resulto ser  más justo, humano y menos severo.
Clitenes (520-500) realiza esta reforma y termina por democratizar el sistema de gobierno  Ateniense. Divide el territorio en demos (significa circunscripción territorial  que equivalía al de una municipalidad moderna) a cuyo frente estaba una demarca (especie de Alcalde), que tenia a su cargo la administración, recaudación de impuestos y policías. Todo ateniense  debía estar inscrito en el demo donde residía y a partir de los veinte años debía participar en la Asamblea a fin de ejercitarse en las cuestiones políticas.
Cllistenes suprimió las clases sociales existentes. De este modo destruyó el poder político de los eupátridas. Otorgó la ciudadanía a todos aquellos atenienteses que hasta entonces no la tenían. Este mismo derecho fue conferido a numerosos extranjeros e incluso a muchos esclavos que habían podido comprar su legal emancipación.
FORTALENCIO LA BULE, Consejo creado por Solón, que de 400 miembros que lo constituían pasó a estar integrado por 500, desde entonces es llamado “Consejo de los Quinientos”. Creo También la magistratura de los Estrategas, que en número de diez, tenían a su cargo la preparación y mando del ejército.
            EL derecho a través del pensamiento griego estuvo centrado en las ideas de la organización del Estado, de la libertad, la ley y la Justicia.
            El hombre encontraba en la polis  los supuestos esenciales de su libertad, su dignidad y su perfección. De ahí que todo el pensamiento del pueblo griego trata de descubrir en el estado los valores supremos de existencia humana y conforme a los postulados sustentados por las diferentes escuelas filosóficas que se desarrollaron posteriormente. La soberanía de la ley es un reconocimiento común  de todas las ciudades griegas. En el momento en que el respecto a la ley esta sólidamente establecido, se intenta penetrar en su naturaleza y fundamentos.
THEMIS, utiliza a los griegos para significar la ley es muy amplio. Pues comprende la voluntas de los dioses, la regla social y la sentencia judicial.
            En sentido jurídico el concepto de Themis se fue perdiendo progresivamente, ante el de DIKE, que se refirió a la norma jurídica en si misma, a lo que de ella se deriva o se demanda, ósea la ley es esencialmente una limitación a la autoridad, las leyes están dirigidas a los magistrados para proteger a los ciudadanos contra la arbitrariedad.  Era necesario que se le reconociera a la ley como un poder superior sobre aquellas,  para que tuviera fuerza imperativa, incluso en el campo jurídico, se admite que la ley participa de la Naturaleza, que le da a la ley un carácter divino. . La ley en sentido jurídico, no es más que una aplicación de la ley universal.
RESUMEN:
            El Derecho en los Pueblos Primitivos, presenta un carácter unitario, dado el origen divino que al orden social y a su regulación se atribuyó. Estos pueblos tratan de acomodad su conducta a los deseos de la divinidad, es decir, bajo la invocación y protección de los dioses.
Para explicar el origen del Derecho los diferentes autores han formulado diversas teorías:
1.      Teoria Teologica
2.      Teoría Contractual
3.      Teoría Racionalista
4.      Teoría Historica
5.      Teoría Moderna.
El derecho en los pueblos de Oriente Antiguo, se presentan a los largo de su historia, como un sistema jurídico con personalidad propia, adecuado a sus peculiares ideales, en el cual encontramos una heterogeneidad de manifestaciones jurídicas fundadas en principio de religión, moral y justicia.
EGIPTO: el carácter predominante de su cultura ha sido su profundo sentimiento religioso, que conduce a la transformación de la personalidad humana. Egipto en lo atinente a la ordenación jurídica nacional, presenta una regulación acabada en cuanto a personas, estado familia, contratos, y obligaciones, régimen de propiedad, especialmente en lo que había de constituir luego el Derecho inmobiliario.
CHINA: órganos especiales impartían justicia. Un ministerio cuyo titular se denominaba el Mandarin de Otoño, vigilaba la actuación de los tribunales. De el dependía otros funcionarios (especie de notarios) que tenían por encargo dar fe de los contratos de que se celebraban.
LA INDIA: El Código Manú, prescribe una sociedad dividida en castas, formas cerradas de vida social y de origen divino. Según sus doctrinas, Brahma después de crear todo cuanto existe, creo al hombre sacando al Brahma o sacerdote de la cabeza, al Citaría, al Vousia, y el Sudra. Existían los Parias, casta degradada sometida a la más dura opresión.
ASIA Y BABILONIA: destaca EL Código DE Hamurabi, el cual es una compilación de discusiones y providencias reales realizadas con notable pulcritud que traduce el carácter absoluto de un derecho de origen divino, justificable, sin embargo en función de fines eminentemente rivales. Según la tradición bíblica en el monte SINAB, recibe Moisés a Dios, las tablas de la Ley que constituyen el decálogo de preceptos eminentemente jurídico y mora.
GRECIA: en sus pueblos los problemas de derecho, fundamentalmente en la Grecia Clásica, giraron en torno a la organización del Estado y al principio de justicia.  El Derecho a través del pensamiento griego, estuvo centrado en las ideas de la organización del Estado, de la libertad, la ley y la justicia. (Nace la Legislación, nacen los Jurados)